Hoy, 21 de diciembre, el B.O.E. ha publicado la nueva LEY DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS Y SEGURIDAD VIAL. La nueva Ley hace hincapié en la mejora de la formación de los futuros conductores y en optimizar el comportamiento de las personas que conducen, a través de los cursos de conducción segura y eficiente.
Estos son los cambios más significativos
- Aprobación de las normas básicas y mínimas para la programación de la educación vial para la movilidad segura y sostenible en las distintas modalidades de la enseñanza, incluyendo la formación en conducción ciclista y en vehículos de movilidad personal.
- Los cursos de conducción segura y eficiente compensarán con dos puntos adicionales, una recompensa a quienes se adaptan e interiorizan una conducción que minimiza los riesgos.
- Regulación del vehículo automatizado. Las normas en materia de tráfico y seguridad vial que deberán cumplir los vehículos dotados de un sistema de conducción automatizado para su circulación.
- El conductor de cualquier vehículo con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se determine, no puede circular por las vías objeto de esta ley. En ningún caso, el conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.
- Los centros de formación requerirán autorización previa, que tendrá validez en todo el territorio español en el caso de que se establezcan secciones o sucursales.
- El Gobierno, previa audiencia del Comité Nacional del Transporte por Carretera, regulará los procedimientos para la realización de controles iniciales, periódicos o aleatorios durante el ejercicio de la actividad profesional, de alcohol, drogas de abuso y sustancias psicoactivas y medicamentos, al personal que ostente el puesto de conductor de vehículo de transporte de viajeros y mercancías por carretera.
- Para la obtención de un permiso o licencia de conducción se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización, que podrán impartirse también online, siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual. El contenido y forma de los mismos se determinará reglamentariamente, previa consulta a los expertos de seguridad vial, así como a las asociaciones de víctimas.
- El contenido y los requisitos de los cursos de conducción segura y eficiente deberán tener, en todo caso, una duración mínima de seis horas que incluya formación teórica y formación práctica y contenidos específicos sobre respeto a ciclistas y conductores de vehículos de movilidad personal como conductores de vehículos más vulnerables.
- Se suprime la posibilidad de superar la velocidad genérica en las vías interurbanas en 20 Km/h para realizar adelantamientos.
- Junto a otros cambios legislativos en gran parte del articulado, se apuesta por los cauces para mejorar el comportamiento de las personas que conducen, introduciendo como principal novedad la impartición por parte de las autoescuelas y centros de formación de conductores de cursos de conducción segura y eficiente autorizados y acreditados por la DGT. Cursos que utilizarán las empresas públicas, ayuntamientos y todas las empresas de distribución para mejorar la formación de sus conductores y sensibilizarlos para la nueva movilidad.
El grueso de las modificaciones entra en vigor en marzo de 2022, salvo el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico y lo referente al impago de peajes, que entra en vigor mañana.